¿Somos un país republicano?
Cuando interrogo, en las clases de Derecho Constitucional, acerca del
significado y alcance de la condición de “republicano”, las respuestas son
evasivas. Nuestra constitución lo establece en su artículo 1º: “La Nación Argentina adopta para su gobierno
la forma representativa republicana federal…” Ello implica cumplir y acatar
requisitos propios que la configuran: división de poderes, periodicidad de los
mandatos, publicidad de los actos de gobierno, responsabilidad del funcionario
público, principio de igualdad.
¿Somos un país republicano?
¿Respetamos la división de los poderes? ¿Cumplen nuestros legisladores y
gobernadores con la periodicidad de los mandatos? ¿Las leyes son públicas?
¿Existe la igualdad de trato?
En nuestro país la división de
poderes no se cumple. Los tres poderes están involucrados en su incumplimiento:
El artículo 76 de la Constitución
refiere a la “Delegación Legislativa” y expresamente la prohíbe en el Poder Ejecutivo, “salvo en materias determinadas de la
administración pública o de emergencia, con plazo fijado para su ejercicio y
dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca”
¿Qué ha hecho el Congreso? Ha
sancionado al menos cuatro leyes (25.148;25.561;25.587 y 25.918 ) por la
que le ha delegado al Poder Ejecutivo toda la materia asignada por la
Constitución Nacional al Poder Legislativo que se relacione con la
administración del país y si bien ha establecido plazo para su ejercicio, a su
vencimiento, lo prorroga año tras año.
El artículo 99 inciso 3 de la
Constitución Nacional dispone que
“… el Poder Ejecutivo no podrá en ningún
caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de
carácter legislativo. Solamente, cuando circunstancias excepcionales hicieran
imposible seguir los trámites ordinarios previstos por ésta constitución para
la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal,
tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos
por razones de necesidad y urgencia…”. La norma prohíbe al Poder Ejecutivo
emitir disposiciones de carácter legislativo “bajo pena de nulidad absoluta e
insanable”. Sin embargo, los Presidentes Menem, De la Rua, Duhalde, Kirchner,
Fernandez de Kirchner, hicieron caso omiso a dicha disposición y abusaron de
los DNU, a pesar que la CSJN en el
caso “Verocchi” interpreto como “circunstancia excepcional” que autorizaba el
dictado de la norma legislativa, a una “catástrofe natural
La “República” difiere de una
“Monarquía” porque los cargos no son vitalicios. Existe lo que denominamos
“periodicidad en los mandatos”: 4 años para Presidente; 4 años para Gobernador;
4 años para Diputado Nacional; 6 años para Senador de la Nación. Sin embargo
Gildo Insfrán, gobernador de la Provincia de Formosa, retiene dicha cargo desde
1995; es decir 22 años. Diputados y Senadores Nacionales con reelecciones
indefinidas. Carlos Reutemann al finalizar
su gestión en la primera magistratura de la Provincia, es electo Senador de la Nación
por primera vez, por el período 1995 – 2001, pero en el año 1999 dejó su banca
en el Congreso Nacional tras haber triunfado en las elecciones provinciales
para Gobernador de Santa Fe donde cumplió su segundo mandato constitucional,
entre los años 1999 – 2003. El 7
de setiembre de 2003 es nuevamente electo para ocupar un lugar en la Cámara
Alta de la Nación donde asume el 10 de diciembre de ese mismo año con mandato
hasta el 10 de diciembre de 2009. En las elecciones legislativas del 28 de
junio de 2009, fue electo nuevamente como Senador Nacional por la provincia de
Santa Fe, para cumplir un tercer período en la Cámara Alta, con mandato hasta
el 2015 y actualmente hasta el 2021.
Nuestra constitución distingue “residencia” de “domicilio” y habilita a
diputados y senadores a ser electos por los respectivos distritos electorales
si son “naturales”; es decir, haber nacido en esa provincia aunque no tengan
domicilio o residencia en el mismo. Lilita Carrió, Cristina Fernandez de
Kirchner, entre otros, han
utilizado y abusado de dichos recursos. La primera se presentó por el Chaco,
luego por la provincia de Buenos Aires y ahora por la ciudad Autónoma; la
segunda ha sido Diputada provincial de Santa Cruz, Diputada Nacional por Santa
Cruz, Senadora Nacional por Santa Cruz y ahora se presenta como candidata a
Senadora Nacional por la provincia de Buenos Aires. Existen funcionarios
vitalicios que han sido Intendentes, diputados provinciales, gobernadores de
provincia, senadores nacionales, diputados nacionales y siguen. Viven del
Estado y son eternos candidatos a cargos electorales.
El artículo 36 de la Constitución Nacional dispone: “Esta Constitución mantendrá su imperio aun
cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden
institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente
nulos….atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en
grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando
inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o
empleos públicos…”. Es decir que cualquier persona (funcionario o no) que
incurriere en un delito de corrupción, queda inhabilitado por el tiempo que
legalmente se disponga para ocupar cargos o empleos públicos. Sin embargo, el
Ex Presidente Menem, actual Senador Nacional, ha oficializado su candidatura
como Senador por la provincia de La Rioja, para un nuevo período de seis años
estando condenado por delito de contrabando de armas. Cristina Férnandez de
Kirchner ha sido denunciada en numerosas causas vinculadas a su enriquecimiento
y hace algunos días, hemos presenciado la decisión de los legisladores del
“Frente para la Victoria” de avalar e impedir que el Diputado Nacional De Vido
fuera expulsado de la Cámara de Diputados en el marco del artículo 66 de la
C.Nacional
Somos testigos pasivos del
suicidio de la Republica. Los partidos políticos han desaparecido junto con sus
elecciones internas y las respectivas convenciones o congresos que trazaban el
programa del porvenir y han dado paso a los frentes electorales en un debate
electoral inexistente porque están vacíos de contenido. Las PASO generan
enormes erogaciones para nada. Nadie resuelve sus diferencias en las elecciones
simultáneas, excepto algunos narcisistas que quieren contemplar sus rostros
sonrientes en carteleras gigantes. A propósito ¿De que se ríen?
Mientras tanto, impávidos e
impotentes, nuestra memoria retrocede a 1983, para recordar las muchedumbres
cubriendo las plazas; Alfonsín recitando el preámbulo; de la Constitución de
todos los argentinos; Sábato y el
“Nunca Más”; el Juicio a la Junta de Comandantes; el Ministro de Economía Juan
Carlos Pugliese diciendo por la televisión pública “Les hablé con el corazón y
me responden con el bolsillo…”,prohibiendo a los legisladores viajar en primera
y la utilización de salas VIP; Alfonsín viviendo en un pequeño departamento de
calle Santa Fe y falleciendo algunos años después en el mismo inmueble…
¿Y si nos resistimos a que la
Republica se suicide?
(*) Ricardo Alejandro Terrile-
Profesor Titular Derecho Constitucional-Facultad de Derecho-UNR